Liquidación Presupuesto 2014

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

En Uclés, a 21 de mayo de 2015.

El Alcalde,

Fdo: Ángel García Rodríguez.

Resultado Presupuestario

Remanente de Tesoreria

Presupuesto año 2015

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Uclés para el ejercicio 2015, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

 

 

ESTADO DE GASTOS
 
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
A.1. OPERACIONES CORRIENTES
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal         98.585,00 €
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios 109.940,00 €
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros 8.850,00 €
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes 18,500,00 €
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales 94.153,00 €
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital 0,00 €
B) OPERACIONES FINANCIERAS 0,00 €
CAPÍTULO 8: Activos Financieros 0,00 €
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros 15.000,00 €
 
TOTAL: 345.028,00€

 

ESTADO DE INGRESOS
 
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
A.1. OPERACIONES CORRIENTES
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos 91.748,00 €
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos 3.000,00 €
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos 74.530,00 €
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes 50.950,00 €
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales  21.800,00 €
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales 0,00 €
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital 83.000,00 €
B) OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO 8: Activos Financieros 0,00 €
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros 20.000,00 €
 
TOTAL: 345.028,00€

 

 

PLANTILLA DE PERSONAL

 

 

FUNCIONARIOS DE CARRERA

 

CON HABILITACION DE CARACTER NACIONAL

 

Nº DE PLAZAS DENOMINACIÓN DEL PUESTO GRUPO/SUB

 

1            SECRETARIO-INTERVENTOR A/A1

 

PERSONAL LABORAL FIJO

 

Nº DE PLAZAS DENOMINACIÓN DEL PUESTO
1 OPERARIO DE SERVICIOS VARIOS
1 BIBLIOTECARIA

 

 

PERSONAL LABORAL TEMPORAL

 

Nº DE PLAZAS DENOMINACIÓN DEL PUESTO
1 AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO
1 LIMPIADORA

 

 

RESUMEN

Funcionarios: 1

Laboral Fijo: 2

Laboral Temporal: 2

 

TOTAL PLANTILLA: 5

 

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

 

En Uclés, a 14 de enero de 2015.

El Alcalde,

Fdo. : Ángel García Rodríguez.

PRESUPUESTO UCLÉS 2015

Pago fraccionado I.B.I. Urbana

Fraccionamiento IBI

           En sesión extraordinaria celebrada el día 5 de Diciembre de 2.014, el Consejo Rector del Organismo Autónomo de Recaudación aprobó la propuesta de fraccionamiento de pago en los recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana para el ejercicio 2015 y siguientes.

Según la propuesta, se establecen dos modalidades de fraccionamiento:

  • ORDINARIA: el pago se realizará en cinco plazos mensuales, siendo el primer pago el 5 de Abril y el último el 5 de Agosto.
  • EXTRAORDINARIA: el pago se realizará en  tres plazos mensuales los días 5 de Junio, 5 de Julio y 5 de Agosto.

Podrán optar al pago fraccionado del citado impuesto aquellos contribuyentes que cumplan los siguientes requisitos:

  •  Importe mínimo del recibo a fraccionar: 50 euros
  •  Domiciliación bancaria del pago
  •  Hallarse al corriente de pago de deudas gestionadas por el Organismo.

Las solicitudes deben realizarse en el modelo normalizado y presentarse en el Organismo antes del día 10 de Marzo para la modalidad ordinaria y antes del 10 de Mayo para la modalidad extraordinaria.

Para la identificación exacta de los inmuebles es necesario indicar la referencia catastral del inmueble. Este dato puede obtenerse de los recibos de ejercicios anteriores o en el siguiente enlace de la sede electrónica de la Dirección General del Catastro.

Se puede consultar el contenido íntegro de la propuesta en el Boletín Oficial de la Provincia del día 24 de Diciembre de 2014.